Y, sin embargo, titilan.
Se llama Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Como todo ahora, se ocupa de recordarnos que vivimos una crisis, no solo coyuntural sino estructural. Dice su preámbulo que la tradición urbanística española (¿desde qué año han contado?) se ha ocupado de la producción de nueva ciudad en lugar de orientarse hacia el tejido urbano existente, ya que obviamente esto es mucho más complejo y entonces ni sabíamos ni nos preocupaba, pobres urbanistas. Pero (prosiguen impartiendo doctrina) nuestra recuperación económica pasa por la adopción de un nuevo modelo, sostenible e integrador en lo ambiental, social y económico: por eso hay que volcarse en la rehabilitación, la regeneración y la renovación urbanas. Y dado que el marco normativo heredado (desde los reyes godos) presenta obstáculos para garantizar la viabilidad técnica y económica, no ha quedado más remedio que hacer esta Ley para superar lo que ponen esas otras leyes malas, que de todos modos solo se tocan un poquito de nada. Ello además habrá de beneficiar al sector turístico, nuestro paradigma, cuyas instalaciones necesitan cuidado, especialmente (esto no lo pone, pero….) las que se erigieron sobre las riberas del mar, recién amparadas por otra ley que corrige a otra más, de las que protege lo que nos mata, porque eso nos hace fuertes (¿leerán a Nietzsche? ¿leerán algo en absoluto?).
En lugar de hacernos cómplices de la canícula, alargamos aire fresco y dejamos despieces y lecturas comparadas en su mínima expresión, aprovechando el debate en la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados. Trabajamos sobre el texto definitivo considerando las enmiendas por el rechazo y la devolución del Proyecto de Ley presentadas por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA (Izquierda Plural), que a la vista de nuestro más leal seguimiento de las intervenciones se lo trabajaron honestamente y bien (no es que los demás fueran unos cafres, pero vamos a dejarlo en que como mínimo les faltó actitud). En general los señores diputados compartieron la importancia y el ojo de la iniciativa (mordieron la manzana de la cortesía): algo había que hacer porque, señorías, es verdad que la cosa está muy mal. Y, tras las anacrusas, harina. A saber:
- Nada se dice sobre el régimen de ayudas públicas para la ejecución de las actuaciones, que en principio se repercuten sobre los propietarios, siendo beneficiarias las empresas constructoras privadas.
- Se intensifica considerablemente el deber de conservación que pesa sobre los propietarios de los inmuebles, que comprende la realización de obras e inversiones para la mejora de calidad y sostenibilidad del medio urbano, hasta el punto de que los agentes privados rehabilitadores podrán forzar a los ocupantes a realizar a su costa obras de importe desproporcionado, pudiendo incrementar las mismas a un 75% del coste de reposición en detrimento de los derechos de los ocupantes de los inmuebles, resarciéndose del coste mediante aprovechamiento en especie o a través de la venta o sustitución forzosa de los propietarios en cuanto no puedan hacer frente a estas obligaciones.
- Todo ello da lugar a expropiaciones, traslados forzosos, rescisión de contratos de alquiler de viviendas o a la disminución de la superficie de vivienda de reposición, dejando la puerta abierta a la expulsión de comunidades vulnerables situadas en ámbitos estimables y a forzar su traslado definitivo, en su caso, a otros inmuebles o espacios de los que nada sabemos porque quedarán confiados al arbitrio del agente, al quedar en tela de juicio el derecho de realojo de los ocupantes.
- El espacio público resulta degradado a la situación de solar edificable, susceptible de ser incorporado a la edificación sin exigencia de deberes urbanísticos ni cesiones, admitiéndose el aumento indiscriminado de la edificabilidad y la densidad so pretexto de garantizar rentabilidad económica.
- Se habilitan las operaciones de financiación de infraestructuras por medio de ahorros amortizables en el tiempo para empresas prestadoras de servicios.
Citando a los portavoces del Grupo Izquierda Plural: “el incremento de los deberes de los ciudadanos a través del deber de conservación, la restricción de sus derechos a través del nuevo régimen de realojo, el sacrificio del espacio público urbano para ser tratado como solar edificable y, por último, la ausencia de protagonismo público en la gestión y en la financiación de esta política urbana sólo encuentra su explicación en la pretensión de fiar toda la iniciativa a la promoción privada, convirtiendo la ciudad en una gigantesca plusvalía latente, que parece hay que explorar”.
Superando pereza y fastidio, vemos que el Índice y Preámbulo (qué listos, soslayaron lo de Exposición de Motivos) se llevan las primeras 13 páginas de las 60 que componen la Ley. Como es fácil comprobar, por mentirosas de poco valen. De la página 13 a la 25 se desarrollan 19 artículos, que suponen el texto articulado, al que suceden las Disposiciones. Las Adicionales se refieren a un sistema informativo general e integrado, al Catastro inmobiliario, y al régimen de infracciones y sanciones. Las Transitorias versan sobre el calendario para la realización del Informe de Evaluación de los Edificios y a la suspensión de reserva vivienda protegida establecida por el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 2008 (TRLS2008), que por lo que se aprecia les caía muy mal. Y la Derogatoria se dirige a la Ley sobre Propiedad Horizontal, Código Técnico de la Edificación, TRLS2008, Reglamento de Valoraciones, el bloque sobre rehabilitación y vivienda de la Ley de Economía Sostenible (otra de las leyes que nos iba a poner en casa), y al Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios. Búsquenlo: a esto se le llama efecto de la burundanga.
Iniciadas las hostilidades, saltan del trapecio las Disposiciones Finales, que barren la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, la Ley de Ordenación de la Edificación, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Seguridad Aérea, la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Ley General de Subvenciones, la Ley General Presupuestaria, la Ley General Tributaria, la Ley de Haciendas Locales, el Código Técnico de la Edificación, de nuevo el TRLS2008 (no cabe duda de que les caía mal), la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, las cualificaciones requeridas para suscribir los Informes de Evaluación de Edificios y, por fin, los títulos competenciales.
Aquí, en lo que afecta al TRLS2008, se modifican los artículos 2, 5, 6, 8 a 10, 12, 14 a 17, 20, 36, 37, 39, 51 y 53, la Disposición Adicional tercera y la Disposición Final primera. Si dejamos de lado los cambios de ubicación de algunas determinaciones, y todo cuanto pende del desarrollo autonómico, hemos de quedarnos con las atroces medidas señaladas al inicio del presente post, y con extravagantes gestos cosméticos como la supresión de “entre mujeres y hombres” en la igualdad de trato y de oportunidades que se enuncia en el artículo 2 (lo que consagra la fuerza ideológica de esta Ley), o el haberse empeñado en mantener, pocas líneas después, la singular voz “inidóneo”.
En la película Luz que agoniza (¿no era mejor Luz de gas?), basada en la obra del inglés Patrick Hamilton, la violenta lujuria del marido agresor busca anular a Paula, separándola de toda opción de vida propia, sometiendo paulatinamente su noción del espacio: sustituir la realidad de la mujer por la suya. Esta es la impresión que causa el sentido de “transparencia” que manifiesta el legislador a la hora de redactar, y aprobar gracias a sus acólitos genuflexos, una Ley de infausto propósito y deplorable hechura cuya mayor parte ninguna relación guarda con lo que dice pretender.
Porque no trata de proteger el medioambiente (¿dónde la buena práctica urbanística? ¿dónde los criterios sobre gestión de suelo, ciclo integral del agua, suficiencia energética, accesibilidad real y calidad atmosférica?), ni garantizar el acceso a la vivienda (¿dónde los ciudadanos?). Se trata de un negocio. A costa de gente indefensa, que en la actualidad constituye una clamorosa mayoría de la población española, tratada con furiosa crueldad por el que va camino de constituirse en el más indigno y aciago gobierno de nuestra malherida democracia. Porque para estos maleantes o somos una consecuencia del dinero o no somos nada.
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