Texto para incluir en la sección titulada "Exclusión social. Exigencias de integración”
Las grandes desigualdades sociales son la causa de la falta de libertad de muchos. Y destrozan la ciudad. En Estados Unidos el 5% de los hogares controlaba el 59% de la riqueza del país, mientras que el 40% más pobre sólo disponía del 0,3%. Pero en Alemania, con la clase obrera más protegida de Europa, tampoco es bueno el reparto. El 50% de la población más pobre sólo dispone de algo menos del 4% del total del patrimonio acumulado de los hogares. Según nos recuerda Daniel Raventós, ya los republicanos de hace dos siglos plantearon la conveniencia de instaurar “una especie de derecho de existencia social, públicamente garantizado” (Robespierre), o “un ingreso material incondicionalmente asignado a todos los ciudadanos por el solo hecho de serlo” (Tom Paine). Es decir, una renta básica generalizada.
La renta básica es un ingreso pagado por el estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente (una renta personal, no por familia), incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre, e independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quién conviva. Se concibe como un derecho de ciudadanía, y como el derecho al sufragio universal, por ejemplo, no impone condición alguna para su ejercicio. Para hacernos una idea de lo que podría ser su alcance, se ha planteado una cantidad para los adultos equivalente al salario mínimo interprofesional (para los menores, entre el 30 y el 50% del mismo). Un ingreso cuya implantación partiría de la integración de impuestos y prestaciones sociales.
La política urbanística, y singularmente la política de vivienda, se verían afectadas decisivamente. Lo mismo que las demás políticas públicas urbanas que implican “investigación de ingresos” (asignación a quien demuestre su pobreza), tanto en equipamientos públicos como en transportes o acceso a otras prestaciones asistenciales. Entre otros efectos beneficiosos que esta medida tendría en el paisaje social y urbano está, sin duda, el de la desaparición del estigma urbano de los diversos enclaves en que se concentran esas políticas vinculadas a la investigación de ingresos. Y el de la disipación del desafecto y la consecuente falta de cuidado, por parte de residentes y usuarios, sobre unas instalaciones que consideran ajenas.
Nota: Los datos del reparto de la riqueza, en www.inequality.org. Para la definición de la renta básica (y la contestación a críticas y confusiones), D. Raventós, “La renta básica de ciudadanía como derecho a la existencia social”, en R. de Asís, D. Bondía y E. Maza (coords.), Los desafíos de los derechos humanos hoy (Madrid, Dykinson, 2007), pp. 399-427.
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